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En cualquier entorno empresarial, la protección contra incendios es un factor crítico de seguridad. Los extintores son el primer medio de respuesta ante un conato de incendio, pero su efectividad depende de servicios de mantenimiento y recarga realizados conforme a estándares oficiales.

La Inspección de Extintores garantiza que estos dispositivos cumplen con las especificaciones de la NOM-154-SCFI-2005 “Equipo contra incendio – Extintores – Servicio de mantenimiento y servicio de recarga”, norma que establece lineamientos para asegurar su funcionamiento óptimo y seguro.

Datos del sector señalan que más del 65% de los incidentes donde se intentó usar un extintor fallaron debido a mantenimiento inadecuado, carga incompleta o dispositivos caducos. Esto evidencia la importancia de inspecciones realizadas por unidades acreditadas y respaldadas por organismos como NYCE.

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Inspección de Extintores NOM-154-SCFI-2005

¿Qué es la Inspección de Extintores?

Es el proceso mediante el cual una Unidad de Inspección acreditada verifica que los servicios de mantenimiento y recarga de extintores cumplen con todos los requisitos técnicos, operativos y documentales establecidos en la NOM-154-SCFI-2005.

Incluye la revisión de:

  • Procedimientos aplicados en mantenimiento.
  • Especificaciones de recarga y uso de agentes extintores autorizados.
  • Condiciones físicas y operativas del extintor.
  • Etiquetado, marcado y documentación requerida.

Conforme las Normas Oficiales Mexicanas, NYCE se desempeña como Unidad de Inspección para el servicio de mantenimiento y recarga de extintores.

Inspección de Extintores NOM-154-SCFI-2005

Objetivo de la NOM-154-SCFI-2005

Establecer las especificaciones que deben cumplir los prestadores de servicios de mantenimiento y recarga (sean personas físicas o morales) para asegurar que los extintores funcionen correctamente y protejan vidas y bienes.

  • Asegurar que los servicios se realizan de manera segura, eficiente y conforme a la NOM.
  • Prevenir riesgos derivados de equipos defectuosos o mal recargados.
  • Garantizar que cada dispositivo esté listo para su uso en cualquier emergencia.
Inspección de Extintores NOM-154-SCFI-2005

Alcance del servicio

Mediante este proceso, se establece que los servicios que se prestan cumplen con los requisitos establecidos en las normas aplicables y con la competencia técnica que se requiere, conforme la NOM-154-SCFI-2005 Equipo contra incendio – Extintores – Servicio de mantenimiento y servicio de recarga.

La norma cubre requisitos para:

  • Centros de mantenimiento y recarga de extintores.
  • Procedimientos de inspección, recarga y reparación.
  • Control de calidad y registros documentales.
  • Personal técnico calificado para las operaciones.

De esta manera, promovemos en México el cumplimiento de las medidas preventivas en materia de protección civil, necesarias para garantizar la integridad y la salud de todas las personas frente a la posibilidad de que ocurran siniestros relacionados con el fuego.

Inspección de Extintores NOM-154-SCFI-2005

Categorías de dispositivos según la NOM-154-SCFI-2005

La normatividad establece los requerimientos y procedimientos con que se debe cumplir en el servicio de mantenimiento y recarga de extintores portátiles y móviles sobre ruedas sin locomoción propia, a fin de garantizar su correcto funcionamiento durante el combate de fuegos incipientes de acuerdo con su diseño.

Los centros de mantenimiento y recarga de extintores que se incluyen en esta norma incluyen las siguientes tipos y categorías de dispositivos:

  1. Categoría 1. Recipiente del extintor presurizado permanentemente, conteniendo como agente extintor agua, agua con aditivos, espuma y agua.
  2. Categoría 2. Recipiente del extintor presurizado permanentemente, conteniendo como agente extintor polvo químico seco, agentes limpios, químico húmedo.
  3. Categoría 3. Extintor que tiene como agente extinguidor agua, agua con aditivos o bien, espuma con agua; y se presuriza al momento de operarlos, por medio de gas contenido en cartuchos o cápsulas internas o externas.
  4. Categoría 4. Extintor que contiene como agente extinguidor polvo químico seco; y, se presuriza al momento de operarlo por medio de gas contenido en cartuchos o cápsulas internas o externas.
  5. Categoría 5. Extintor que contiene bióxido de carbono como agente extinguidor, y todos los cartuchos o cápsulas de los extintores categorías 3 y 4.
Inspección de Extintores NOM-154-SCFI-2005

¿A quién le interesa esta inspección?

  • Centros de mantenimiento y recarga de extintores que deben cumplir la NOM.
  • Empresas e industrias que cuenten con programas de seguridad contra incendios.
  • Instituciones de gobierno y dependencias responsables de instalaciones públicas.
  • Comercios, hospitales, escuelas y edificios corporativos con extintores instalados.
  • Operadores logísticos y almacenes que requieran cumplimiento para seguros.
Inspección de Extintores NOM-154-SCFI-2005

Beneficios de la inspección con una unidad acreditada como NYCE

  • Cumplimiento con la NOM-154-SCFI-2005 respaldado por un organismo reconocido.
  • Verificación técnica integral y profesional.
  • Reducción de riesgo de fallos en una emergencia.
  • Respaldo documental para autoridades y aseguradoras.
  • Confianza reforzada ante auditorías y licitaciones.
  • Asesoría para mejoras en procedimientos y equipos.
Inspección de Extintores NOM-154-SCFI-2005

NYCE: Experiencia y respaldo

En NYCE contamos con:

  • Acreditación oficial como Unidad de Inspección para servicios de mantenimiento y recarga de extintores.
  • Especialistas que aseguran la correcta aplicación de procedimientos según la NOM-154-SCFI-2005.
  • Procesos de inspección documentados que garantizan trazabilidad y transparencia.

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Cumplir con la NOM-154-SCFI-2005 no es solo una obligación legal: es garantizar que sus extintores funcionen cuando más se necesiten. La inspección de NYCE le brinda certeza, respaldo y prestigio.

NYCE – Su aliado en seguridad contra incendios.

Contáctenos para inspeccionar y certificar el cumplimiento de sus equipos conforme a la NOM-154-SCFI-2005.

NORMAS
NMX-J-005 – Interruptores de uso general para instalaciones eléctricas.
MX-J-024 – Portalámparas roscados tipo Edison.
NNNMX-J-I-62115-ANCE-NYCE– Juguetes eléctricos
NMX-J-195-ANCE –Cordones de alimentación, extensiones y productos que se comercializan o destinan para uso como extensiones, multicontactos, barras multicontactos y similares.
NMX-J-266 – Interruptores automáticos en caja moldeada.
NMX-J-307 – Luminarios de uso general para interiores y exteriores.
NMX-J-374 – Controles de atenuación.
NMX-J-381 – Artefactos de seńalización sonora para uso doméstico y propósitos similares.
NMX-J-412 – Clavijas y receptáculos.
NMX-J-412/2-1 – Clavijas
NMX-J-412/2-2 – Receptáculos.
NMX-J-412/2-3 – Conectores.
NMX-J-412/2-4 – Adaptadores y derivados de corriente.
NMX-J-412/2-5 – Clavijas tipo plancha para equipos o aparatos.
NMX-J-508 – Artefactos eléctricos- Requisitos de seguridad – Especificaciones y métodos de prueba.
NMX-J-515 – Equipos de control y sistemas.
NMX-J-521/1 – Aparatos Electrodomésticos y Similares – Seguridad -Parte 1: Requisitos generales.
NMX-J-521/2-2- Aspiradoras y aparatos de limpieza de succión de agua.
NMX-J-521/2-3- Planchas eléctricas.
NMX-J-521/2-4- Secadoras o escurridoras por centrifugado.
NMX-J-521/2-5- Lavavajillas.
NMX-J-521/2-6- Parrillas de cocción, hornos y aparatos similares.
NMX-J-521/2-7 – Máquinas lavadoras de ropa.
NMX-J-521/2-8- Rasuradoras, máquinas para cortar el pelo y aparatos similares.
NMX-J-521/2-9 – Parrillas, tostadores, y aparatos portátiles de cocimiento similares.
NMX-J-521/2-11- Secadoras de ropa.
NMX-J-521/2-13- Freidoras, sartenes para freír y aparatos similares.
NMX-J-521/2-14- Máquinas de cocina.
NMX-J-521/2-15- Aparatos para calentar líquidos.
NMX-J-521/2-17- Cobertores, almohadas y aparatos calefactores flexibles similares.
NMX-J-521/2-23- Aparatos para el cuidado de la piel y el cabello.
NMX-J-521/2-24- Refrigeradores, máquinas para hacer nieve y máquinas para hacer hielo.
NMX-J-521/2-28- Máquinas de coser.
NMX-J-521/2-30- Calefactores de cuarto.
NMX-J-521/2-31- Campanas de cocina.
NMX-J-521/2-32- Aparatos de masaje.
NMX-J-521/2-35- Calentadores instantáneos de agua.
NMX-J-521/2-40- Bombas de calor, acondicionadores de aire y deshumidificadores.
NMX-J-521/2-41- Bombas eléctricas.
NMX-J-521/2-45- Herramientas portátiles de calentamiento y similares.
NMX-J-521/2-52- Aparatos de higiene bucal.
NMX-J-521/2-54- Aparatos de limpieza de superficies para uso doméstico que utilizan líquidos o vapor.
NMX-J-521/2-65- Aparatos purificadores de aire.
NMX-J-521/2-75- Máquinas expendedoras comerciales y máquinas de venta.
NMX-J-521/2-76- Energizadores de cercas eléctricos.
NMX-J-521/2-79- Aparatos de lavado de alta presión y aparatos de lavado a vapor.
NMX-J-521/2-80- Ventiladores.
NMX-J-521/2-91- Podadoras de césped tipo caminadora móvil, manuales, portátiles y bordeadoras.
NMX-J-521/2-95- Motorizaciones para puertas de garaje de apertura vertical para uso residencial.
NMX-J-524/1 – Herramientas Eléctricas Portátiles Operadas por Motor – Seguridad – Parte 1: Requisitos generales.
NMX-J-524/2-1- Taladros, taladros de impacto, rotomartillos y taladros de percusión.
NMX-J-524/2-2- Destornilladores y llaves de impacto.
NMX-J-524/2-3- Esmeriladoras, pulidoras y lijadoras de disco.
NMX-J-524/2-4- Lijadoras y pulidoras diferentes a las de tipo disco.
NMX-J-524/2-5- Sierras circulares.
NMX-J-524/2-6 – Martillos.
NMX-J-588-2017 – Artículos Decorativos y de Temporada.